¿Cuándo expira el plazo para pagar el impuesto de circulación en Guatemala?

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El próximo 31 de julio de 2025 se cumple el límite establecido para que los dueños de automóviles en Guatemala realicen el pago del Impuesto sobre Circulación de Vehículos (ISCV) referente al año fiscal actual. Esta obligación fiscal está reglamentada por la Ley del Impuesto sobre Circulación de Vehículos, según el Decreto 70-94, que especifica claramente que el pago debe efectuarse entre el 1 de enero y el último día de julio. Hasta este momento, no se ha anunciado ninguna extensión oficial para este plazo.

Con el plazo acercándose, las autoridades fiscales han destacado la relevancia de cumplir con esta obligación para prevenir sanciones y problemas. La Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) señaló que aquellos que no efectúen el pago en el plazo previsto se arriesgan a una penalización del 100 % del total del impuesto, además de cargos por intereses diarios. Esta multa puede disminuirse hasta un 25 % si el pago se realiza voluntariamente antes de recibir una notificación formal de cualquier medida administrativa.

De no pagarse el impuesto durante tres años consecutivos, el vehículo podría ser inhabilitado en el sistema y perder el derecho a circular de forma legal. Esta medida busca incentivar el cumplimiento fiscal, además de depurar el padrón vehicular nacional, que aún contiene registros de unidades inactivas.

Al 2 de julio, únicamente un 39 % de los vehículos en Guatemala estaba al día con el pago del impuesto. Este porcentaje equivale a más de 1.6 millones de automóviles. El 61 % que falta todavía no ha cumplido con su obligación, lo que ha causado cierta inquietud entre las autoridades ante la posibilidad de un colapso en las plataformas de pago hacia los últimos días del mes.

Hasta ese momento, la SAT indicó que se había recaudado aproximadamente Q524 millones, lo cual equivale al 42.7 % del objetivo para todo el año. La entidad ha incrementado sus acciones de comunicación para motivar a los contribuyentes a evitar las largas esperas en los bancos y los errores de último minuto.

El proceso para realizar el pago del ISCV se efectúa de manera totalmente digital mediante la plataforma Declaraguate. El contribuyente debe ingresar el número de placa del automóvil junto con el NIT o CUI del dueño, completar el formulario SAT-4091, verificarlo, congelarlo y generar la boleta SAT-2000 para proceder con el pago. Este se puede efectuar en línea o en agencias bancarias permitidas. Tras efectuar el pago, es necesario imprimir la calcomanía digital que acredita la solvencia del automóvil.

Aunque en años anteriores se concedió una ampliación del tiempo para abonar el impuesto, como sucedió en 2024, hasta ahora no se ha publicado ningún decreto que justifique una extensión para 2025. A pesar de que en el Congreso de la República hay propuestas que sugieren extender el plazo hasta el 30 de septiembre, estas todavía no han sido ratificadas, por lo que el 31 de julio sigue siendo la fecha oficial establecida.

Las autoridades hacen un llamado a los propietarios de vehículos para que no esperen hasta el último momento, considerando que el sistema digital y los bancos suelen enfrentar alta demanda en los últimos días del mes. Además, se recomienda verificar que no existan multas o pendientes por infracciones de tránsito, ya que estas pueden impedir la emisión de la calcomanía correspondiente, incluso si el impuesto ha sido pagado.

Cumplir con esta responsabilidad fiscal no es solamente una exigencia legal, sino que también ayuda a los conductores a mantener su automóvil conforme a las normativas, prevenir problemas en controles de seguridad y colaborar con el presupuesto nacional. La SAT junto con otras autoridades del gobierno, ha insistido en que no habrá excepciones si el abono no se efectúa en el tiempo estipulado.